NORMAS DEL BANCO DE LIBROS DEL CENTRO
1. El Banco de Libros es el fondo de material curricular aprobado por el centro
educativo y puesto a disposición de las familias.
2. Los libros y materiales curriculares objeto del sistema serán los correspondientes
a los cursos que establece el Decreto 85/2024, de 29 de mayo, del Gobierno de
Aragón, por el que se regula el sistema de Banco de Libros y otros materiales
curriculares en centros docentes sostenidos con fondos públicos de la
Comunidad Autónoma de Aragón y que se imparten en este Centro educativo.
Los lotes se conformarán de acuerdo con las instrucciones establecidas en este
Decreto.
3. La participación de las familias en el Banco de Libros es voluntaria.
4. El alumnado que participe en el Banco de Libros y su familia aceptan estas
normas de participación y son responsables de los materiales que reciben.
5. Para la incorporación al Banco de Libros, las familias firmarán el documento de
adhesión aceptando así estas normas de participación, comprometiéndose a
entregar los materiales que correspondan en condiciones de reutilización y a
realizar la aportación económica en el plazo que se establezca.
6. Las familias podrán causar baja voluntaria del Banco de Libros. Para ello,
firmarán el documento correspondiente y devolverán, en condiciones de
reutilización y en el plazo que se establezca, los materiales que se les hayan
entregado.
7. Las familias adheridas recibirán los materiales en el plazo que establezca la
comisión, firmando un “recibí” en el que conste el lote completo con identificación
de cada ejemplar.
8. Las familias y alumnado usuario que reciban un lote de libros están obligados a
devolverlo a final de curso. No se debe realizar ninguna acción que provoque el
deterioro del material (escribir o dibujar con bolígrafo o rotulador, arrancar hojas,
realizar ejercicios en los materiales, …).
9. Al finalizar el curso escolar las familias entregarán todos los libros al centro
educativo, que firmará el correspondiente “recibí”, pendiente de la revisión de
dichos materiales. El centro establecerá el procedimiento y plazos de recogida
de los materiales en el mes de junio.
10. En el caso de alumnado usuario que se traslade de centro por cualquier
circunstancia a lo largo del curso, deberá entregar todos los libros que conformen
FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE por Ana Maria Moracho Torrente, Dtor/a.G.Polit. Educ.Ord.Acad..Edu.Perma, DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICA EDUCATIVA, ORDENACIÓN ACADÉMICA Y EDUCACIÓN PERMANENTE el 08/04/2025.
Documento verificado en el momento de la firma y verificable a través de la dirección https://mia.aragon.es/documentos con CSV CSVJJ21OOT6HL1F0XFIL.
el lote al centro educativo. Este expedirá un certificado que le acredite como
usuario del Banco de Libros en el nuevo centro. Este mismo procedimiento se
desarrollará para el alumnado que cambie de centro al cambiar de etapa.
11. Los criterios de revisión de los materiales se consensuarán por la Comisión del
Banco de Libros.
12. Un libro se considerará que no está en condiciones para formar parte del fondo
del Banco de Libros cuando:
Esté rayado o con dibujos hechos por cualquier objeto.
Cuando le falte cualquier página o se encuentre en estado imposible de
reparar.
Cuando, por cualquier otro motivo, la Comisión considere que no esté en
condiciones óptimas para ser reutilizado.
13. En el caso de los dispositivos electrónicos, la Comisión establecerá la posibilidad
de ampliar la vigencia de cuatro cursos escolares de los mismos y establecerá
el procedimiento de reintegro, así como los criterios de revisión de su estado.
14. En caso de que un material se considere que no está en condiciones de ser
reutilizado, por un uso incorrecto a criterio de la Comisión del Banco de Libros,
la familia habrá de reponerlo antes de poder continuar participando en el sistema
de Banco de Libros. Los libros compuestos por tres volúmenes se deberán
reponer completos.
15. El alumnado que entregue un lote de libros considerado en buen estado, o que
haya restituido los deteriorados, tendrá derecho a recibir otro al curso siguiente.
16. Quedan excluidos del Banco de Libros los cuadernos, libros u otros materiales,
que por sus características no puedan ser reutilizados en cursos sucesivos.
17. Para cualquier circunstancia relativa a estas normas, el alumnado o familias
usuarias podrán dirigirse a la Comisión de Banco de Libros, creada en el seno
del Consejo Escolar.